Estos son los pensionistas que están exentos de pagar el IRPF

A pesar de que las personas que perciben la pensión por jubilación están en la obligación de tributar el IRPF, existen algunos casos excepcionales en los que están exentos

Jubilación anticipada voluntaria en 2022. / Efe

Un grupo de jubilados juega a la petanca en un parque. / Efe

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Si bien jubilarse conlleva dejar de cobrar un salario, puesto que ya no se lleva a cabo la actividad profesional, no comporta dejar de tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Así pues, todas las personas que cobran la pensión de jubilación están en la obligación de tributar este impuesto.

No obstante, existen algunas excepciones. En algunos casos muy específicos, las personas beneficiarias de una pensión por jubilación están exentas de tributar el IRPF. Se trata de grupos de pensionistas, que forman parte de colectivos con una protección adicional a causa de sus circunstancias personales.

La norma que regula el impuesto y determina que personas están exentas de tributarlo es la Ley del IRPF. En concreto, el artículo 7 de esta legislación es el que fija en qué casos no es necesario tributar al Estado este impuesto.

¿Cuándo se está exento de pagar el IRPF?

Entre estos casos excepcionales, en los cuales no es necesario tributar el IRPF, se encuentra el de los jubilados que perciben una pensión derivada de medallas o condecoraciones otorgadas por actos de terrorismo, y también, los pensionistas que cobran un subsidio por lesiones o mutilaciones por la Guerra Civil española.

¿Cómo solicitar el certificado de pensiones?. Foto: Efe/Juan Herrero
Un grupo de jubilados en la playa de la Concha de San Sebastián. Foto: Efe/Juan Herrero

Tampoco deben tributar el IRPF los trabajadores del Régimen de Clases Pasivas que cobran una pensión de inutilidad o incapacidad permanente, ni las personas que perciben una pensión de incapacidad permanente en los grados total y de gran invalidez.

Cabe tener en cuenta que el límite exento es el importe máximo de las pensiones, que este año asciende a 2.819,18 euros al mes.

Campaña de la Renta

Las personas que perciban alguna de las pensiones mencionadas anteriormente, y que no tributan el IRPF, no están en la obligación de registrarlas en el borrador de la declaración de la Renta.

Dado que no se tributa por este subsidio, no es necesario incluirlo, tal y como se especifica en el portal de la Agencia Tributaria: «A pesar de haberse producido el hecho imponible (la obtención de rentas), no nace la obligación de tributar».

«Solo está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF», concreta Hacienda. Por este motivo, los contribuyentes únicamente pueden utilizar las cantidades vinculadas a esas pensiones y en ningún caso tienen la posibilidad de «invocar la exención fuera de los casos recogidos en las leyes».

A pesar de que la exención en el IRPF supone un alivio fiscal para el contribuyente, también conlleva un mayor grado de dificultad a la hora de presentar la declaración de la Renta de forma obligatoria.

Pues, según las autoridades fiscales, la exención no se tiene en cuenta «para determinar el límite de la obligación de declarar» y, por lo tanto, no se contabiliza en el cómputo global de rentas.

Economía Digital

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp