Entra en vigor la nueva Ley de vivienda de Galicia

La norma, aprobada con los votos del PP, incluye nuevas clasificaciones para la vivienda protegida

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Este lunes ha entrado en vigor la nueva Ley de Vivienda de Galicia, en la que se recoge el régimen de “copropiedad” con la Xunta, además de nuevas categorías para las viviendas de promoción pública, como son las concertadas y las denominadas de inserción o asistenciales.

La nueva ley, que fue aprobada en el mes de junio con los votos en solitario del grupo popular, incorpora el nuevo régimen de «copropiedad» con la Xunta, a través del que el comprador de una vivienda de promoción pública (VPP) adquirirá un mínimo «del 60 por ciento» del inmueble pudiendo comprar posteriormente el resto de la propiedad.

Además del régimen de copropiedad, el texto incluye nuevas categorías en las viviendas protegidas de promoción pública, como son la concertada, promovidas por la iniciativa privada, y la de «inserción o asistencial», que irán destinadas a programas de carácter social.

Viviendas ilegales

Otro de los puntos destacados radica en el derecho a residir en su hogar al propietario de una vivienda declarada ilegal hasta que termine el procedimiento de responsabilidad patrimonial y que se ponga a su disposición la indemnización que le corresponda.

La nueva ley también establece las justificaciones que podrán provocar la expropiación de un inmueble. Esta actuación podrá producirse por tres razones, tales como la no ocupación, falsedad o disponer de otra vivienda protegida; por motivos de accesibilidad; y, por último, cuando presenten condiciones de deterioración grave de funcionalidad, seguridad o habitabilidad.

Registro de promotores

Por otra parte, se crea el Registro de Promotores de Galicia, donde deberán estar inscritos los promotores que quieran desarrollar su actividad en Galicia. Este registro será «meramente informativo» y recogerá datos sobre la «personalidad y solvencia» del promotor, las obras ejecutadas o posibles sanciones administrativas, entre otras.

La nueva ley también establece las justificaciones que podrán provocar la expropiación de un inmueble. Esta actuación podrá producirse por tres razones, tales como la no ocupación, falsedad o disponer de otra vivienda protegida; por motivos de accesibilidad; y, por último, cuando presenten condiciones de deterioración grave de funcionalidad, seguridad o habitabilidad.

Avatar

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp