Ingreso Mínimo Vital: requisitos para no perder la ayuda en 2023

Se deberá presentar la declaración de la renta y no superar el límite de rentas cuando se efectúe la revisión anual a finales de 2022

Dinero. Pixabay.

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es, según explica la Seguridad Social, una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.

Esta prestación no contributiva garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y también busca mejorar las oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.

Desde enero de 2023, hay dos aspectos que se deberán cumplir para seguir siendo beneficiario del IMV o acceder por primera vez a él. El primero es tener presentada la declaración de la renta antes de julio de cada año y el segundo es no superar el límite de rentas cuando se efectúe la revisión anual a finales de 2022, es decir, estar en vulnerabilidad económica.

Vulnerabilidad económica

Para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros.

Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el Ingreso Mínimo Vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia. Computará como ingreso el importe de las pensiones y prestaciones, contributivas o no contributivas, públicas o privadas.

Según detalla la Seguridad Social, no se considera en situación de vulnerabilidad económica la persona beneficiaria individual que sea titular de un patrimonio neto, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el IMV para una persona beneficiaria individual. En 2023 esto equivaldrá a 19.202,76.

Además, hay que tener en cuenta otra serie de requisitos e incompatibilidades, como percibir la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo y tener residencia en España.

El IMV sube un 8,5% en 2023

Otra novedad a partir de enero es que aumentan un 8,46%, al igual que el resto de prestaciones de la Seguridad Social, las cuantías del IMV en consonancia con la inflación media del último año. De esta manera, la cuantía mensual pasará de ser, para un beneficiario individual, de 491,63 euros a 533,41 euros.

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