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El Constitucional admite a trámite la ofensiva del Gobierno contra las repotenciaciones eólicas de la Xunta
La conselleira de Economía, María Jesús Lorenzana, lamenta que la decisión deja en suspenso la retirada de 2.000 aerogeneradores y las rebajas en la factura de la electricidad para los gallegos
La guerra entre la Xunta y el Gobierno por la nueva normativa eólica autonómica se dirimirá en el juzgado. El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra los cambios legales que el Ejecutivo autonómico introdujo tanto para la normativa eólica (incluida la repotenciación) como en materia de dependencia.
El Constitucional ha suspendido la vigencia y aplicación de dichos apartados desde la fecha de interposición del recurso (30 de septiembre de 2025) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
El Tribunal argumenta el recurso de inconstitucionalidad en base a que los artículos impugnados podrían vulnerar las competencias exclusivas del Estado sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, autorización de instalaciones eléctricas y transporte de energía y régimen minero y energético.
Los puntos cuestionados por el Ejecutivo que dirige Pedro Sánchez giran en torno a la nueva regulación eólica gallega (artículo 30 de la ley de medidas), incluida la obligación de repotenciar que fijaba la Xunta en el último cambio acometido. Pero el Gobierno también ha manifestado dudas de la legalidad del punto relativo a vincular el grado de dependencia y de discapacidad, una vía que la Xunta defiende que activó para tratar de agilizar que las ayudas llegasen a los destinatarios correspondientes (artículo 45).
Los puntos en disputa
El Gobierno central explicó cuando formalizó el recurso que las impugnaciones relativas al artículo 30 se fundamentan en su «incompatibilidad» con las regulaciones estatales existentes en relación con el sector eléctrico y, singularmente, en materia de energía eólica.
Entre otros argumentos expuestos en su día, para el Gobierno, la previsión autonómica relativa a la repotenciación de parques eólicos «adolece de inconstitucionalidad», en cuanto «obliga a sustituir un número determinado de generadores eólicos por otros de mayor potencia y menor número, con lo que regula la llamada repotenciación al margen de la normativa básica estatal.
Agregaba que, bajo el término repotenciación de parques eólicos, «se está haciendo referencia no necesariamente a un incremento en la potencia instalada en los parques eólicos existentes, sino a la sustitución de aerogeneradores autorizados para su reducción y disminución, con la consecuente modificación de los términos de la autorización otorgada y la inversión realizada con base en la normativa aplicable».
Asimismo, el Gobierno incidía en que al disponerse que «la repotenciación no podrá dar lugar al incremento de la potencia autorizada y al limitar el inicio de las obras, impidiendo que se produzca antes de dieciocho meses, se contravienen las bases del sector eléctrico, con previsiones normativas que colisionan con el derecho estatal».
En relación con los apartados 19, 20, 21 y 25 del artículo 30, el Gobierno cuestiona que pretenden establecer la aplicación directa de una Directiva europea que habilita entre otras previsiones a los Estados a la eliminación de la evaluación de impacto ambiental en determinados supuestos sin que el Estado, previamente y de acuerdo con sus competencias en la materia, haya fijado la normativa básica al efecto.
«Lo poco que queda del Partido Socialista en Galicia se está luciendo»
La conselleira de Economía e Industria, María Jesús Lorenzana, ha reaccionado a este anuncio por parte del Tribunal Constitucional. «Lo que intenta en Galicia es reducir el número de molinos. Obligaba a eliminar 2.000 molinos y a que vendan parte de la velocidad producida, al menos la mitad, a precios más baratos en Galicia. Sánchez de momento ha conseguido mientras dura la tramitación del recurso y la suspensión de la ley que en Galicia vamos a tener en los próximos años 2.000 aerogeneradores más y los gallegos vamos a pagar más por la luz«, ha lamentado.
«Lo poco que queda del Partido Socialista en Galicia se está luciendo. De los creadores de mira qué bien, que Lugo se ha quedado sin conexión eléctrica llega ahora el segundo capítulo que es qué contento estoy. Cuantos más molinos haya en Galicia, mejor«, ha añadido, antes de lanzar un dardo a la portavoz del BNG, Ana Pontón. «Antes va a preferir que los gallegos paguemos más de luz y apoyar que en Galicia haya más aerogeneradores antes que reconocer una buena idea del Gobierno gallego», ha concluido.
La dependencia
En paralelo, el recurso por artículo 45 se basaba, para el Ejecutivo central, «en la invasión de las competencias estatales en materia de regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales».
La interpretación jurídica del Gobierno es que la Xunta pretendía «entrar a regular con una perspectiva simplificadora» la discapacidad y la dependencia en el régimen económico de estas dos materias «correspondiendo al Estado la competencia normativa sobre el régimen económico» de ambas.
El Gobierno autonómico ya había incidido en que, al margen de la discrepancia legal, este paso en paralelo (el de acceder a un porcentaje de discapacidad determinado al tener concedido un grado de dependencia) tendrá efectos en la recaudación fiscal estatal, a causa de las deducciones fiscales que corresponderían a quienes vean reconocida esa discapacidad.