Alcampo afronta decenas de demandas de los extrabajadores de DIA por los incentivos salariales

El grupo francés subrogó a los trabajadores de los 224 supermercados que compró a DIA, pero dejó de abonarles un complemento salarial del que disfrutaban, lo que desembocó en una cascada de demandas con resoluciones dispares en Galicia y Castilla y León

Trabajadoras de Alcampo en el mostrador de frutería de un hipermercado del grupo / Alcampo

Trabajadoras de Alcampo en el mostrador de frutería de un hipermercado del grupo / Alcampo

El intento de ganar capilaridad y profundizar en un modelo de proximidad llevó a Alcampo a adquirir 223 establecimientos de DIA en el año 2023, una operación en la que el grupo francés desembolsó 247 millones y absorbió unos 3.500 trabajadores en Madrid, Aragón, Galicia, Castilla y León, Asturias, Cantabria, Navarra y País Vasco. La apuesta de Alcampo, que desde octubre tiene como director general al gallego Carlos Pedreira, tuvo algunos problemas de encaje, que llevaron al grupo de distribución a clausurar parte de los establecimientos que no encajaban con su modelo y presentar un ERE el año pasado, paso que vinculó al proceso de transformación de su negocio hacia una estructura de proximidad, multiformato y multicanal.

La operación con DIA, además, conllevó algunos problemas de índole laboral, que se han acabado traduciendo en una cascada de demandas en los juzgados de lo social que tienen en común un complemento salarial que abonaba el grupo de Ricardo Álvarez y que los trabajadores dejaron de percibir una vez finalizado el ejercicio de 2024, ya integrados en la cadena de supermercados de Auchan. Solo entre septiembre y noviembre del año pasado, los juzgados de A Coruña resolvieron una docena de demandas por este incentivo que percibían los extrabajadores de DIA, todas ellas favorables a Alcampo.

No sucede lo mismo en Castilla y León, donde también se resolvieron otras tantas demandas por el mismo concepto aunque, en ese territorio, con victoria para los trabajadores, pues los magistrados interpretaron que se había producido una modificación sustancial de las condiciones laborales sin cursarse por el procedimiento adecuado, ante lo que ordenaron restablecer el complemento salarial en las nóminas.

Los ‘tramos’ de DIA

Los extrabajadores de DIA que presentaron demandas cobraban, al menos, dos complementos en su nómina. Uno por antigüedad y otro denominado tramos, que alumbró un acuerdo de 2022 entre la compañía y el comité intercentros. Este plus variable estaba vinculado al puesto de trabajo (carnicería, charcutería o pescadería) y se sumaba a la nómina mensual en cuantías que no alcanzaban los 100 euros, pero que superaban al propio complemento de antigüedad.

En el momento en el que se suscribió entre los representantes de los trabajadores y DIA, tenía una vigencia hasta 2024. Cuando se produce la subrogación a Alcampo, el grupo francés informó a sus nuevos empleados que el bonus al que tuvieran derecho se seguiría aplicando durante el periodo de vigencia del mismo. Y así fue, pues Alcampo abonó los tramos durante el ejercicio de 2024 pero, en la primera nómina de 2025, desapareció. Los empleados afectados cogieron el camino del juzgado, y en algunos casos también el del arbitraje, sin que se llegará en la mediación a avenencia alguna.

Alcampo gana en A Coruña y pierde en Zamora

Las demandas resueltas en el segundo semestre de 2025 muestran resultados contradictorios. Alcampo las gana todas en Galicia y las pierde en Castilla y León. Esta aparente discrepancia de criterio tiene su razón de ser en una cuestión formal. El Juzgado de lo Social de A Coruña está interpretando que los empleados presentaron sus demandas fuera de plazo, pues la Ley 36/2011 establece que, en casos de modificación sustancial de condiciones laborales, debe presentarse en un plazo de veinte días hábiles desde la notificación por escrito de la decisión al trabajador o a los sindicatos. Alcampo envió en 2024 las comunicaciones el futuro del sistema de tramos, pero las demandas no llegaron hasta avanzado 2025, cuando se suprimió el complemento de las nóminas.

En cambio, en Castilla y León no está en cuestión la caducidad del procedimiento, por lo que los magistrados entienden que se ha producido una modificación sustancial de las condiciones laborales sin que se haya seguido el proceso de negociación y consultas previstos, sino por una decisión unilateral de Alcampo. En consecuencia, anula la eliminación del plus y obliga a reintegrarlo en la nómina.

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