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Greenalia pierde en la Audiencia Provincial: absuelto el empresario para el que pedía cinco años de cárcel por estafa
Los magistrados consideran que no hubo un engaño a la empresa gallega, sino una "patente mala gestión" en el desarrollo de un contrato para construir 11 plantas plantas fotovoltaicas en Huelva, Badajoz y Cáceres

Manuel García Pardo, principal accionista de Greenalia
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha absuelto a los dos acusados de un presunto delito de estafa en el desarrollo de un contrato suscrito con Greenalia para la puesta en marcha de 11 proyectos fotovoltaicos en las provincias de Huelva, Badajoz y Cáceres. La compañía gallega pidió para el administrador de Dayra Energy y para un trabajador autónomo contratado por esta para el desarrollo de los parques cinco años de prisión y una indemnización de 462.000 euros. Sin embargo, los magistrados no creen que haya pruebas sólidas de un delito continuado de estafa, sino desavenencias entre el grupo de Manuel García Pardo y su socio, además de una mala gestión de los proyectos por parte de Dayra.
«La prueba practicada no establece la existencia de ese engaño inicial o posterior que es requisito para la existencia del delito de estafa, sino la existencia de unas desavenencias mercantiles traídas al ámbito penal y una patente mala gestión de los negocios. Esta Sala no puede ni debe entrar a valorar la problemática mercantil existente entre las partes, pero sí la posible existencia de ese engaño elemento tipo del delito, que entiende que no existe», dice la sentencia, emitida el pasado mayo.
La Fiscalía, al igual que ahora la Audiencia Provincial, no realizó escrito acusatorio al no apreciar la comisión de delito alguno por parte de los acusados.
Un pago de 300.000 euros
La relación entre Greenalia y Dayra arranca en 2018 con la firma de tres contratos para el desarrollo y legalización de los proyectos fotovoltaicos La Romana, Maestre, Velverde, El Gordo, Los Manantiales, Almendral I, Almendral II, Trujillo I, Trujillo II, Chaparral y Barreiros. Dayra, empresa manchega creada en 2017, se encargaría en virtud de dicho contrario de prestar una serie de servicios a Greenalia Solar Power, como la búsqueda de terrenos para suscribir futuros contratos de arrendamiento, la presentación de solicitudes de puntos de conexión a las compañías eléctricas o la presentación de avales exigidos para la tramitación del acceso a la red. Para ello contrató a un trabajador autónomo, que acabó también en el banquillo, y que debía encargarse de la redacción y supervisión de los proyectos.
El grupo gallego realizó un pago inicial de 312.260 euros por los primeros pasos del contrato, al formalizarse algunos compromisos de arrendamiento de terrenos, así como la creación de las sociedades instrumentales para los parques y la presentación de los avales y de las solicitudes de permisos de conexión a 11 subestaciones eléctricas. Sin embargo, en 2019, acabaría rescindiendo el contrato y pidiendo a Dayra la devolución del dinero. Ese mismo año, Greenalia presentó una querella que desembocó en el juicio celebrado el pasado abril en A Coruña. Allí defendió que la intención de Dayra nunca fue cumplir con el contrato una vez recibidos los primeros pagos.
«No estamos ante un engaño maquiavélico»
La sentencia de la Audiencia Provincial, por el contrario, señala que no hay una carga de prueba suficiente para colegir que Greenalia haya sido estafada. Destaca, entre otras cuestiones, que fue la empresa gallega la que se puso en contacto con Dayra por su interés en este tipo de proyectos y que designó un empleado para controlar su evolución. También indica que se trataba de un contrato de 10 millones de euros, por lo que resulta incoherente, a criterio de los magistrados, urdir una trama de sociedades para obtener unas ganancias de 312.000 euros. Finalmente, el fallo señala que los trabajos realizados por Dayra «existían», tanto los terrenos con puntos de conexión, como las solicitudes de puntos de acceso a la red, aunque fuera con errores.
«No estamos ante la posibilidad de un engaño maquiavélico de una empresa, como sucede en ocasiones, que engaña a un particular sin conocimientos técnicos, sino ante empresas, una de ellas de entidad importante, cuyos conocimientos se le presuponen y con controles, que Greenalia ejerció (visita a los terrenos, solicitud de documentación, nombrar un empleado para el control del contrato) para evitar este tipo de engaños, el cual de existir y ser tan burdo como se pretende ver habría sido detectado con anterioridad», concluye la sentencia, que puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.