Las acciones de Inditex: lo único que Sandra Ortega prohibió tocar a su ex número dos

La sentencia que desestima la petición de José Leyte de declarar improcedente su despido en Rosp Corunna revela cómo trabajaban día a día el ejecutivo y la primogénita de Amancio Ortega

Sandra Ortega y su antiguo número dos en Rosp Corunna, José Leyte

Sandra Ortega y su antiguo número dos en Rosp Corunna, José Leyte

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Sandra Ortega, la mujer más rica de España y la hija de Amancio Ortega y la fallecida Rosalía Mera, acabó el 2020 en pleno tsunami empresarial. Además del golpe que el Covid asestó a sus inversiones (su holding, Rosp Corunna, cerró el ejercicio con unas pérdidas de 91 millones de euros), rompió con José Leyte, su histórico número dos en los negocios. El 18 de noviembre de aquel año, tanto la sociedad cabecera de su grupo como Rosp Corunna Participaciones Empresariales comunicaron al ejecutivo su despido, para el que se alegó una pérdida de confianza. Fue el inicio de una guerra de demandas cruzadas. Ahora, la dueña de un 5% del capital de Inditex arranca 2022 con la victoria de su primera batalla en los juzgados.

El Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña ha desestimado la denuncia de José Leyte contra Rosp Corunna y Rosp Corunna Participaciones Empresariales por despido improcedente. En la sentencia queda acreditado el poder que el economista ejercía a la hora de gestionar las inversiones de la empresaria. Con una clara excepción, la participación en Inditex.

La clave de la Alta Dirección

El ejecutivo, que antes de a Sandra ya asesoró durante años a Rosalía Mera, argumentaba en su demanda que el despido fue improcedente al no estar “ajustado a derecho”. Y es que Leyte asegura que su puesto no era de Alta Dirección, pues su poder de decisión era “limitado”. No lo entiende así Rosp Corunna, que bajo esa premisa, acometió un cese por desistimiento en base al Real Decreto 1382/1985 (esta modalidad no está contemplada para el caso de personal laboral común y aquí se aferraba la parte demandante).

El ejecutivo, que en estos momentos pilota una consultora empresarial a caballo entre Reino Unido y Portugal, solicitaba la reincorporación a su puesto de trabajo habitual o bien el abono de una indemnización que, según sus cálculos, superaría, en base a distintos conceptos, los 1,6 millones de euros (700.000 euros por falta de preaviso y 940.000 de liquidación).

Más allá de que la demanda haya sido desestimada, la sentencia, a la que ha tenido acceso Economía Digital Galicia, expone la forma en la que trabajaban tanto Sandra Ortega como Leyte y los poderes de este último. Y deja claro que, si bien era el principal responsable de la gestión de las inversiones de la primogénita de Amancio Ortega, una de ellas estaba fuera de su alcance: las acciones de Inditex. Un 5% que, en estos momentos, tiene un valor en el mercado de más de 4.300 millones de euros. Esta limitación estaría ya vigente en vida de Rosalía Mera.

Los poderes de Leyte

La sala considera como hecho probado que el 15 de mayo de 2001 la administradora única de Rosp Corunna “otorgó poder” a favor de Leyte para administrar y representar a la sociedad, además de la facultad de crear oficinas, contratar personal, celebrar contratos de préstamos y créditos, retirar o disponer del dinero por medio de cheques, constituir sociedades y realizar operaciones y fusión y disolución, entre otras. Eso sí, había dos excepciones clave. Las operaciones de más de 600.000 euros necesitarían de la firma de Ortega Mera. Además, se excluía, con carácter general, “cualquier acto de disposición o gravamen sobre acciones de Inditex”.

Este hecho también lo apunta el propio Leyte en su demanda, en la que insiste en que en sus contratos con Rosp Corunna y Rosp Corunna Participaciones Empresariales, “no hay un sometimiento expreso a una relación laboral de carácter especial de personal de Alta Dirección”. Insiste el asesor en su acusación en que “los poderes de los que disponía eran limitados, tanto desde el punto de vista cuantitativo como material”. “Sobre todo en relación con las acciones de Inditex”, destaca. “No ostentaba autonomía ni plena responsabilidad en el desarrollo de su cometido, el cual estaba limitado por los criterios e instrucciones directas emanadas por Sandra Ortega”, exponía.

Los lunes, día de reunión

No obstante, la jueza entiende que, en base a las pruebas practicadas, queda acreditado que el demandante, Leyte, “era el máximo responsable y el director general de la family office de Sandra Ortega, y por tanto responsable máximo de la gestión de su patrimonio”. Indica además, como “hecho notorio”, que se trata de “un patrimonio inmobiliario y financiero con un valor superior a 6.000 millones de euros, el segundo más grande de España”. Sostiene también la magistrada que el hecho de no poder llevar a cabo operaciones superiores a los 600.000 euros sin la firma de Ortega Mera “no atenta contra esa condición de personal de Alta Dirección”.

La sentencia también destaca como especialmente relevante la declaración testifical del director de Inversiones de Rosp, que evidenció la “amplía autonomía” de la que gozaba Leyte. Como ejemplo, el testigo indicó que todos los lunes Leyte se reunía con Ortega Mera “para simplemente informarle de las operaciones más significativas o trascendentes, pero no para requerir su autorización”. También apunta que era el antiguo hombre fuerte del grupo el que fijaba el orden del día, “por lo que era el demandante quien decidía qué operaciones se ponían en conocimiento y cuáles no”.

La parte demandada, de hecho, también defendió que el ámbito de actuación del empleado no se circunscribía únicamente a Rosp, sino a otras sociedades y participadas del grupo, desde la inmobiliaria Ferrado, hasta la sicav Soandres o Room Mate. También empresas localizadas en “Estados Unidos, Luxemburgo, Portugal y Alemania”.

Continúa la guerra judicial

Sandra Ortega gana así su primera batalla contra quien fue su hombre de confianza, pero aún resta mucha guerra por librar. El fallo absuelve a la demandada, pero indica que el ejecutivo puede reclamar la indemnización de manera separada, dentro de otro procedimiento judicial ordinario. Algo que, apunta, ya se habría llevado a cabo. Además, puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

Al margen, quedan por resolver dos querellas criminales interpuestas, en este caso, por Sandra Ortega contra Leyte y en las que lo acusa de apropiación indebida, falsedad documental y administración desleal. Una de las dos querellas pivota sobre la inversión de Rosp Corunna en Room Mate, hotelera de Kike Sarasola de la que posee una participación de un 31%. La mujer más rica de España acusa al directivo de haber falsificado su firma para beneficiar a la compañía, facilitando mediante las llamadas confort letters que accediese a créditos bancarios.

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