El Supremo da la razón a Abanca frente al gigante francés Gecina por un pufo de 48 millones con Caixa Galicia
Abanca llevó al grupo inmobiliario Gecina al juzgado por incumplimiento de contrato tras firmar cartas de patrocinio que garantizaban el pago de deudas de dos sociedades españolas por financiación concedida por Caixa Galicia en 2008

Francisco Botas, CEO de Abanca, Juan Carlos Escotet, presidente de la entidad, y Alberto de Francisco, director de Finanzas de Abanca, en la presentación de los resultados del primer semester de 2024
La sombra de las cajas es alargada. Al menos, la que se proyecta por los pasillos de juzgados y tribunales. Tanto es así que sus pufos se ventilan ahora en el Supremo, última instancia de casación que resuelve litigios que tienen su origen en plena burbuja, como es el caso. Y es que la Sala de lo Civil del alto tribunal acaba de dar la razón a Abanca frente a la inmobiliaria francesa Gecina por un pufo de 48 millones generado en 2008, por incumplimiento de contrato firmado por sus directivos con Caixa Galicia cuando la fusión con Caixanova estaba a dos años ser una realidad.
Gecina, una de las grandes inmobiliarias europeas, estuvo controlada en su día por Metrovacesa y el ya fallecido Joaquín Rivero llegó a ser su presidente. Fue el equipo jurídico de Abanca quien en 2015 presentó una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia número 69 de Madrid por incumplimiento de un contrato de garantía que databa de diciembre de 2008 y solicitaba que se condenase a la inmobiliaria francesa a abonar 48,7 millones más intereses en concepto de indemnización. La clave del caso, las cartas de patrocinio (comfort letter) que garantizaban el pago de deudas de dos sociedades españolas derivados de financiación concedida por Caixa Galicia.
Unas garantías millonarias
Ahora, en una sentencia del pasado mes de julio, a la que ha tenido acceso Economía Digital Galicia, el Tribunal Supremo desestima el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por Gecina Societé Anonyme contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que la condenó a pagar a Abanca un total de 48,7 millones más intereses legales, en virtud de las citadas cartas de patrocinio suscritas en 2008.
La demanda inicial de Abanca contra Gecina se sustanció por el incumplimiento de una carta de patrocinio que garantizaba el pago de deudas de dos sociedades (Inmopark 92 Alicante e Inmobiliaria Lasho) derivadas de créditos concedidos por Caixa Galicia. Gecina esgrimió entonces la nulidad de la carta de patrocinio, argumentando que fue firmada sin autorización de su consejo de administración. Inmopark 92 Alicante acabó en concurso y liquidación.
Recurso tras recurso
Cuatro años después, en 2019, el Juzgado de Primera Instancia número 69 de Madrid estimó la demanda de Abanca, condenando a Gecina al pago del principal reclamado, pero limitando los intereses al tipo legal. El proceso siguió y en 2020, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó la sentencia, que había sido recurrida por el grupo francés, considerando que la carta de patrocinio era válida y vinculante, y que la ley aplicable al contrato era la española.
El asunto llegó al Tribunal Supremo, y Gecina argumentó que la carta de patrocinio era nula según el derecho francés, que exige autorización del consejo de administración para suscribir garantías, y que la ley aplicable debía ser la francesa. En su sentencia del pasado mes de julio, la Sala de lo Civil rechaza estos argumentos, señalando tres cuestiones capitales. Primero, que la ley aplicable al contrato es la española, ya que el contrato tiene vínculos más estrechos con España. Dos, que la carta de patrocinio es válida y vinculante, y Gecina no demostró que Abanca actuara de mala fe. Y, por último, quela falta de autorización del consejo de administración no afecta la validez del contrato frente a terceros según la normativa española.
Por tanto, el Supremo confirma así la sentencia de la Audiencia Provincial, por lo que ratifica la validez de las cartas de patrocinio y la obligación de Gecina de cumplir con los compromisos asumidos frente a Abanca. Además, Gecina debe pagar las costas del recurso y pierde el depósito constituido para su interposición.
El gigante francés
Gecina es una de las grandes inmobiliarias francesas, especializada en oficinas, que estuvo bajo control de capital español al menos durante diez años. Fue en 2014 cuando se cerraba lo que en 2005 había supuesto uno de los momentos álgidos del boom del ladrillo, cuando Metrovacesa se convirtió en la primera inmobiliaria europea al controlar el 68,5% de la compañía gala y sumar unos activos de casi 14.000 millones de euros. En 2014, los grandes bancos españoles propietarios de Metrovacesa decidieron desprenderse por más de 1.600 millones de euros del 27% que les quedaba de la inmobiliaria francesa, poniendo fin a la aventura española.
Joaquín Rivero, considerado uno de los señores del ladrillo, fallecido en 2016, llegó a controlar junto con su socio Juan Bautista Soler el 31,4% del capital de Gecina, en la que Metrovacesa fue segundo máximo accionista con un 27%. Eso le otorgó en su día la presidencia del grupo francés al empresario jerezano. Los activos de Gecina hoy en día superan los 15.000 millones.