Todo lo que necesitas saber sobre los indultos de Pedro Sánchez

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la concesión de los indultos a los nueve presos catalanes. Economía Digital recoge todo lo que debes saber sobre esta medida de gracia

De izquierda a derecha: los presos del 'procés' Josep Rull, Jordi Sànchez, Raül Romeva, Jordi Cuixart, Joaquim Forn, Jordi Turull y Oriol Junqueras, el 21 de enero de 2021, a su salida de la cárcel de Lledoners tras concederles la Generalitat el tercer grado para participar en la campaña electoral del 14-F | EFE/SS

De izquierda a derecha: los presos del ‘procés’ Josep Rull, Jordi Sànchez, Raül Romeva, Jordi Cuixart, Joaquim Forn, Jordi Turull y Oriol Junqueras, el 21 de enero de 2021, a su salida de la cárcel de Lledoners tras concederles la Generalitat el tercer grado para participar en la campaña electoral del 14-F | EFE/SS

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Hoy es el día en el que el Consejo de Ministros ha aprobado los indultos a los presos catalanes. Esta medida de gracia concedida a los nueve dirigentes catalanes presos tras el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 ha generado polémica, pero también muchas dudas relacionadas con qué implica esta decisión del Gobierno de Pedro Sánchez, cuándo saldrán de la cárcel los condenados o si es posible recurrir esta iniciativa ante el Tribunal Supremo.

El líder del PP, Pablo Casado, ha anunciado este martes que recurrirá los indultos ante el Tribunal Supremo. El presidente popular ha justificado que su partido es parte afectada después de que la semana pasada un juez tomara declaración a unos CDR que reconocieron que investigaban a miembros del PP para atacarles. “Entre ellos a mí”, ha resaltado el dirigente popular.

En cambio, la líder de Vox en la Comunidad de Madrid, Rocío Monasterio, ha apuntado que su partido es el único legitimado para recurrir ya que estuvo en el juicio del procès como acusación particular. Economía Digital ha elaborado una lista para responder esta y todas las cuestiones relacionadas con la concesión de esta medida de gracia.

1. ¿Qué pasó el 1-O? ¿Por qué están presos los políticos independentistas?

El 1 de octubre de 2017 el Govern celebró un referéndum, constitucionalmente ilegal, para preguntar a los catalanes sobre la autodeterminación de Cataluña. «¿Quiere que Cataluña sea un estado independiente en forma de república?», decía la papeleta.

Para hacer posible esta consulta, el Parlament aprobó el 6 de septiembre la ley del Referéndum con los votos a favor de Junts pel Sí -coalición formada por, entre otros, ERC y por lo que el aquel entonces era Convergencia Democrática de Cataluña (CDC)- y la CUP.

Esta norma establecía que la votación sería vinculante y que se proclamaría la independencia dos días después de la publicación de los resultados oficiales si ganaba el «sí» y sin necesidad de establecer un mínimo de participación.

Activistas convocados por los Comités de Defensa de la República (CDR) el pasado 1 de octubre

Y así fue, el 90,18% votó a favor. Pero la Cataluña independiente apenas duró un minuto. El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, anunció que Cataluña se convertía así en un Estado independiente en forma de república para unos segundos después añadir:

“El Gobierno y yo mismo proponemos que el Parlamento suspenda los efectos de la declaración de independencia para que en las próximas semanas emprendamos un diálogo sin el que no es posible llegar a una solución acordada”. El por entonces president se echó atrás, pero ya era tarde.

2. ¿Qué políticos están presos y cuáles fugados?

Los nueve políticos que actualmente permanecen en prisión son:

  • Oriol Junqueras. Exvicepresident’ del Govern y exconseller de Economía y Hacienda
  • Jordi Turull. Exconseller de Presidencia y portavoz del Govern.
  • Carme Forcadell. Expresidenta’ del Parlament
  • Raül Romeva. Exconseller de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia.
  • Dolors Bassa. Exconsellera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia.
  • Joaquim Forn. Exconseller’ de Interior
  • Josep Rull. Exconseller de Territorio y Sostenibilidad.
  • Jordi Sànchez. Expresident de la Asamblea Nacional Catalana (ANC)
  • Jordi Cuixart. President de Òmnium Cultural

Por otro lado hay que añadir a Carles Mundó, Meritxell Borràs y Santi Vila . Aunque la Fiscalía pidió hasta siete años de cárcel para estos tres exconsellers en el juicio del procès, consiguieron librarse del ingreso en prisión. El Supremo concluyó que no habían destinado fondos públicos al referéndum del 1-0, por lo que no les condenó por malversación. 

Otros cinco líderes independentistas se fugaron y continúan huidos de la justicia. Son Carles Puigdemont, Toni Comín, Clara Ponsatí, Lluís Puig y Anna Gabriel, a la que se citó a declarar por desobediencia, un delito sin penas de presión.

3. ¿Cuándo entraron en la cárcel?

Los primeros en ingresar en prisión fueron los que se conocen popularmente como los Jordis (Cuixart y Sànchez), líderes de las entidades independentistas Òmnium Cultural y Asamblea Nacional Catalana (ANC). Lo hicieron el mismo mes de octubre de 2017. Más tarde, en marzo de 2018, ingresó el resto.

Seis de los presos del procés, Jordi Turull, Jordi Sànchez, Joaquim Forn, Raül Romeva, Jordi Cuixart y Oriol Junqueras, participan en el acto unitario organizado por Òmnium Cultural a las puertas de la cárcel de Lledoners antes de su entrada a prisión tras haberles sido revocado el tercer grado. EFE/ Susanna Sáez

4. ¿Por qué delitos están condenados?

Estos son los delitos por los que fueron condenados los presos del procès:

  • Oriol Junqueras. 13 años de cárcel y 13 años de inhabilitación por sedición y malversación de fondos públicos.
  • Jordi Turull. 12 años de prisión y 12 de inhabilitación por sedición por un delito de malversación de fondos públicos.
  • Carme Forcadell. 11 años y 6 meses de prisión e igual tiempo de inhabilitación absoluta por delito de sedición.
  • Raül Romeva. 12 años de prisión y 12 de inhabilitación por sedición y malversación de fondos públicos.
  • Dolors Bassa. 2 años de prisión y 12 de inhabilitación por sedición y malversación de fondos públicos
  • Joaquim Forn. 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación por un delito de sedición.
  • Josep Rull. 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación por un delito de sedición.
  • Jordi Sànchez. 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta por un delito de sedición.
  • Jordi Cuixart. 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta por un delito de sedición.

5. ¿Cuánta condena han cumplido? ¿Cuándo salen de prisión?

Los presos que más tiempo han permanecido en prisión han sido los Jordis, que han permanecido en la cárcel tres años y ocho meses, por lo que han cumplido ya el 40% de la condena impuesta.

El resto ha estado cinco meses menos y todos ellos han superado al menos el 28% de su pena. La que menos tiempo ha estado en prisión ha sido Carme Forcadell, con tres años y tres meses.

En cuanto a cuándo saldrán de la cárcel, podría ser hoy mismo ya que, según ha acordado este martes el Consejo de Ministros, se les perdonará la pena tanto por el delito de sedición como el de malversación.

El siguiente paso es que el Gobierno envíe una comunicación oficial al Tribunal Supremo. Una vez que la reciban se reunirán los magistrados y solo tendrán que firmar la excarcelación y enviarla a las cárceles catalanas. La puesta en libertad podría ser en cuestión de horas.

El presidente de ERC, Oriol Junqueras, presenta su último libro «Contra l’adversitat» este sábado en el Parc Central del Poblenou de Barcelona. EFE/Alejandro García

En el caso de que la malversación no hubiera formado parte de la medida de gracia, los cuatro condenados por este delito hubieran tenido que esperar a que se determinara cuánta condena les queda por cumplir. Así, Junqueras podría haber permanecido en prisión hasta agosto.

6. ¿Qué implican los indultos?

El indulto es una medida que se concede de forma individual y supone el perdón de la condena por sentencia firme. No obstante, salir de prisión no implica que se les perdone el delito que cometieron. Existen dos tipos:

  • Indulto total: remisión de todas las penas a que hubiese sido condenado y que aún no hubiese cumplido el penado.
  • Indulto parcial: remisión de alguna o algunas de las penas impuestas, o de parte de todas ellas que aún no hubiese cumplido el penado.

Pedro Sánchez ha asegurado tras el Consejo de Ministros que los indultos serán parciales, es decir, se mantendrán las condenas de inhabilitación. «Estarán condicionados a que no se cometa un delito grave, de lo contrario se anularía, es decir, hay condicionalidad», ha aseverado el presidente.

Esta ley tiene su origen en 1870. La desarrolló el Ministerio de Gracia y Justicia liderado por Eugenio Montero Ríos. También la Constitución hace referencia a esta medida de gracia en su artículo 62, en el que establece que corresponde al Rey «ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales». Por lo tanto, el jefe del Estado debe firmarlos una vez que se haya deliberado en el Consejo de Ministros y el Ministerio de Justicia.

7. ¿A quiénes se les concede el indulto?

El Consejo de Ministros prevé conceder el indulto a los nueve presos independentistas. En ningún caso se les concederá esta medida de gracia a los líderes independentistas huidos.

Manifestación independentista con carteles para pedir la libertad de los líderes independentistas presos. Foto: EFE/EF

8. ¿Qué delitos anulan los indultos?

Se anulará tanto el delito de sedición como el de malversación. El Código Penal describe en su artículo 544 que son reos de sedición quienes «sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales».

Por otro lado, el artículo 252 define la malversación como un delito de apropiación indebida cometido por un funcionario o una autoridad. Es decir, la malversación se produce cuando se altera el patrimonio público.

9. ¿Pueden regresar a prisión? ¿Por qué motivos pueden volver a la cárcel?

Para responder a esta pregunta hay que tener en cuenta varias condiciones:

En primer lugar, un indulto se puede conceder con condiciones que, si no se cumplen, podría no surtir efecto. «Es muy habitual que se concedan indultos condicionados a que el condenado no vuelva a delinquir en un determinado plazo, por ejemplo 2 0 3 años», explica el abogado penal Rafael Albati en su blog.

Por lo tanto, al estar la concesión de esos indultos condicionada, «el indulto no es efectivo hasta que no transcurra el plazo y se pueda comprobar el cumplimiento de la condición«, añade. De hecho, la ministra portavoz, María Jesús Montero, ha advertido que los indultos caerán en “papel mojado” si los presos reinciden. Según ha explicado Sánchez, no podrán reincidir entre tres y seis años después de que se les conceda la medida de gracia.

GRAFCAT7755. BARCELONA, 01/02/2021.- Los presos del procés: Oriol Junqueras (4d), Jordi Sànchez (4i), Jordi Cuixart (c), Raül Romeva (3i), Josep Rull (3d), Joaquim Forn (i), Jordi Turull (2d), Carme Forcadell (2i) y Dolors Bassa (d), durante la lectura de una declaración conjunta por la amnistía en un acto unitario organizado por Omnium Cultural, celebrado este lunes en Barcelona. EFE/Quique Garcia

Por otro lado, cabe destacar que un gobierno no puede revocar un indulto concedido por otro gobierno anterior y que la concesión de esta medida de gracia no cancela los antecedentes penales.

«Si el indultado vuelve a delinquir durante el periodo en el que sus antecedentes penales no han sido aún cancelados por el transcurso del tiempo, podrá apreciarse el agravante de reincidencia», apunta Albati.

10. ¿Pueden volver a trabajar en política los presos indultados?

Tradicionalmente se entendía que el indulto solo afectaba a las penas de prisión y no de inhabilitación. «El indulto de la pena principal llevará consigo el de las accesorias que con ella se hubiesen impuesto al penado, a excepción de las de inhabilitación para cargos públicos», dicta el artículo 6 de la Ley del Indulto.

Sin embargo, hay antecedentes que muestran cómo los indultados sí han vuelto a ejercer y han vuelto a la esfera política. El mejor ejemplo es el del jurista Javier Gómez de Liaño, que fue condenado a 15 años de inhabilitación por el caso Sogecable.

En un inicio el Alto Tribunal rechazó que pudiera volver a su carrera judicial, pero el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) revocó la sentencia al constatar que no tuvo un juicio imparcial, por lo que obligó a España a indemnizarle con 5.000 euros y abrió así la posibilidad de indultar las penas de inhabilitación.

11. ¿Es posible recurrir los indultos de Pedro Sánchez?

Para recurrir los indultos de los presos catalanes hay que ser parte interesada en aplicación de la ley contencioso-administrativa. El PP ha anunciado este martes que recurrirá la medida de gracia y Pablo Casado ha justificado que su partido tiene legitimidad para hacerlo después de que la semana pasada un juez tomara declaración a unos CDR que reconocieron que investigaban a miembros del PP para atacarles. “Entre ellos a mí”, ha resaltado el dirigente popular.

“Creo que podemos decir que si los CDR son la continuación del 1 de octubre, que reportaban sus acciones al presidente de la Generalitat, podemos decir que somos parte perjudicada«, ha aseverado.

Por su parte, la líder de Vox en la Comunidad de Madrid, Rocío Monasterio, ha apuntado en TVE que su partido es el único legitimado para recurrir ya que estuvo en el juicio del procès como acusación particular. “Si fuera por el PP y por el PSOE nos hubieran declarado la independencia veinte veces más”, ha apostillado.

Sin embargo, existen dudas en el Supremo sobre la legitimación de ambos partidos. Los integrantes de la Sala Tercera del Tribunal Supremo deben ahora deliberar para ver si se admiten los dos, solo el de Vox por ser acusación particular o simplemente se rechazan ambos.

12. Diferencias entre indultos y amnistía

El indulto perdona el cumplimiento de la condena, pero se sigue considerando al procesado como culpable. En cambio, en la amnistía se perdona tanto la pena como el delito. Además, el indulto tiene carácter individual mientras las amnistías suelen tener carácter global.

Noelia Tabanera

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